TEMA DE CLASE
Sin duda, uno de los fenómenos
que más ha revolucionado Internet en los últimos años es el de
los blogs. La posibilidad de que cualquier
persona se convierta en “blogger” y publique su propia bitácora en la Red sobre
distintos temas que le interesen, ha cambiado para siempre nuestra tradicional
actitud de meros receptores pasivos de lo que nos cuentan otros. El fenómeno
blog es, en realidad, la punta de lanza de la Sociedad 2.0.
Pero, ¿qué es realmente un blogger para
la Ley?
Pues, muy sencillo: un blogger es,
a la vez, un autor y un medio de comunicación, con todos los derechos y
obligaciones que ello comporta.
Así, el artículo 5 de la Ley de
Propiedad Intelectual (LPI) se aplica al blogger al
afirmar que:
“Se considera autor a la persona
natural que crea alguna obra literaria, artística o científica.”
Por su parte, el artículo 1 LPI dispone
que:
“La propiedad intelectual de una obra
literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación.”
Por tanto, como autor, el blogger adquiere
la propiedad intelectual de sus artículos desde el momento en que los escribe (incluso
antes de ser publicados).
Esto en cuanto a autor, pero un blogger también
recibe, en un aspecto importante, la consideración que la Ley reservaba hasta
ahora a los medio de comunicación. De este modo, se le reconocen las libertades
fundamentales del artículo 20.1 de la Constitución Española, en
concreto las siguientes:
“a) A expresar y difundir libremente
los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier
otro medio de reproducción. (…)
d) A comunicar o recibir libremente
información veraz por cualquier medio de difusión.”
Son las famosas: libertad de
expresión y libertad de información.
Por tanto, tal y como hemos visto,
el blogger se beneficiará de los derechos y libertades
derivadas de su doble condición de autor y de medio de comunicación.
“Todo eso está muy bien”, me diréis,
“pero ¿cuáles son sus obligaciones?”
Pues bien, aunque sería un poco más
largo de explicar, voy a resumirlo en las 10 reglas básicas que todo buen blogger debe
seguir para que su bitácora cumpla la Ley. Son las 10 reglas para tener
un blog “legal”:
1- Ser “original” en
la redacción de los textos (lo de copiar/pegar, mejor no).
2- Dar información “veraz”.
Como hemos visto, la libertad de información sólo protege cuando ésta responde
a la realidad de los hechos. Ante la duda, mejor no informar (al menos hasta
verificar una noticia por una “fuente fiable”).
3- Incluir los datos del autor
del blog. Todo medio de comunicación en la Red debe identificarse con sus
datos de contacto, aunque sólo esto es obligatorio cuando supone una actividad
económica para el mismo.
4- Si se incluyen citas de
textos ajenos, es necesario entrecomillarlos o destacarlos con cursiva e
indicar su fuente y el autor (por ejemplo, con un enlace).
5- Sólo incluir imágenes u
otros contenidos audiovisuales si ello es autorizado por su autor(fijarse en su
Licencia) y no hacerlo en ningún caso si incluyen la referencia de “Todos los
derechos reservados” (salvo excepción legal).
6- Cuidar la corrección de
las opiniones y comentarios vertidas en el blog. Evitar insultos y
descalificaciones que dañen el derecho al honor de terceros.
7- No publicar nunca datos ni
fotografías personales sin la autorización de los afectados,
especialmente en los casos de personas no conocidas.
8- Retirar comentarios, links o
contenidos nocivos introducidos por otras personas en el blog, cuando
se tenga constancia de que son ilícitos o perjudican a terceros y
obligatoriamente en caso de que una autoridad competente requiera formalmente
para ello.
9- Si se incluye publicidad,
la misma debe estar señalizada claramente (esto incluye también
a los post publicitarios) y evitar realizar Spam.
10- Finalmente, es
conveniente incluir la licencia de uso que aplicamos a nuestro blog(qué
dejamos o no dejamos hacer con nuestros artículos a terceros). Si no indicamos
nada, la Ley entiende que no concedemos ninguna autorización de uso.
Si un blogger sigue
estas recomendaciones, evitará la mayor parte de los problemas legales que se
suelen plantear con los blogs.
Como veis, no es tan difícil tener un “blog legal” ¿o sí?
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